viernes, enero 05, 2007

Los terroristas no tienen derechos humanos

Columna publicada hoy por Francisco Eguiguren en Peru21

Muchos de quienes cuestionan "indignados" la sentencia de la Corte Interamericana, que condena al Estado peruano por la violación de derechos humanos de internos procesados o condenados por terrorismo, acaecida en mayo de 1992 en el penal Castro Castro, ni siquiera han leído el fallo, que tiene más de 200 páginas. Otros críticos, que tienen rabo de paja por su conducta en materia de derechos humanos, la utilizan políticamente, evitando explicar a los peruanos qué dice la sentencia, cómo fue el caso y por qué nuestro Estado ha sido condenado.

La consistencia jurídica de una sentencia debe analizarse en función de los hechos del caso y de lo que resultó probado en este. Y en el caso Castro Castro, resulta evidente que las fuerzas de seguridad, siguiendo órdenes políticas, de manera inexcusable dieron muerte a 41 internos, hiriendo o sometiendo a maltratos a varios centenares. Ello no solo quedó corroborado por testigos y peritos y por el informe de la Comisión de la Verdad, sino que el propio Estado se allanó parcialmente y reconoció su responsabilidad por tales actos. Y cualquiera sabe que cuando quien es culpable reconoce su responsabilidad, ello no lo exime de sanción, sino que a lo más esta se atenúa. Tampoco cabe criticar al anterior gobierno por reconocer esta responsabilidad del Estado, pues la condena resultaba previsible en este caso y porque un régimen democrático no tiene por qué encubrir los delitos cometidos por un gobierno violador de los derechos humanos.

Que el Estado peruano era internacionalmente responsable y que correspondía sancionarlo está pues fuera de duda. Se puede discutir si las indemnizaciones a las víctimas o sus deudos son excesivas, o si la obligación de realizar un acto de desagravio público y reconocimiento de culpa es "demasiado". En todo caso, estos montos y las reparaciones simbólicas vienen siendo aplicados por la Corte desde casos anteriores. No obstante, diversas autoridades nacionales sostienen que es inaudito sancionar a un Estado cuando los asesinados o torturados son terroristas, que causaron igual daño al país. El mismo argumento del fujimontesinismo y de ciertos sectores militares, para quienes los terroristas no tienen derechos humanos y contra ellos vale todo. Por culpa de quienes así actuaron o piensan, nuestro país recibe estas condenas.

La sentencia, aunque 'duela', debe ser cumplida, dando un ejemplo, al país y la comunidad internacional, que vivimos un régimen que respeta los derechos humanos de todas las personas sin distingo. El Estado podrá luego sancionar (dado que no lo ha hecho aún por obra de la impunidad) a las autoridades políticas y fuerzas de seguridad responsables de estos crímenes, haciendo que paguen con sus bienes las indemnizaciones que deberá abonar. También puede compensarlas con lo que adeuden por reparación civil los terroristas condenados, aunque ello no se aplicará a la mayoría de quienes deben ser indemnizados por el caso Castro Castro, ya que carecen de tales condenas.


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