miércoles, junio 14, 2006

No paguen la luz


No es nada inusual que las grandes empresas aminoren sus gastos transfiriéndoselos al público (a veces incluso a gente que ni siquiera son sus clientes o consumidores), pero pocas veces hacen tanto roche como en esta ocasión. La empresa de generación eléctrica Eteselva, situada en Ucayali, reclamó ante el poder judicial por el pago de la transmisión de electricidad alegando que éste debía ser pagado por los usuarios. Algún juez decidió que tenían razón y ahora todos los recibos en todo el país vienen con un 10% adicional que sale directo de nuestros bolsillos a los de esta gente.

Ahora bien, este pago no solo es abusivo sino también ilegal al no haberse notificado a los afectados (todos nosotros) antes de cobrarnos. Así que no hay por qué pagar. La Asociación Peruana de Consumidores (ASPEC) explica que todos debemos presentar reclamos, con lo que se pospone el pago lo suficiente como para que no nos corten la luz antes de que se solucione este asunto (que ya está en la corte de nuevo). Pueden bajarse un formato para hacer el trámite en la página de ASPEC, donde dice Reclamo "Recibo de Electricidad".


Actualización: Como nos hace notar El Acertijo Divino, el poder judicial ya dio la razón a los usuarios (via reclamo de OSINERG) y el pago efectuado se devolverá en el próximo recibo. De todas maneras, el llamado de ASPEC era a no hacer este pago en primera instancia de ninguna manerra. Aunque nos lo vayan a devolver, no tienen derecho a retener esa plata nuestra ni siquiera por un día.

1 comentario:

El Acertijo Divino dijo...

Creo que hay que actualizar la data.
(Publicado en la web de OSINERG)
PODER JUDICIAL LE DA LA RAZÓN A OSINERG

La Cuarta Sala Civil de Lima aceptó el recurso de apelación presentado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG) contra el cobro del cargo de transmisión secundaria a favor de las empresas Eteselva S.R.L y Compañía Antamina, informó el Presidente del organismo regulador, Ing. Alfredo Dammert Lira.

Esto significa que el cargo que aparece en los recibos que todos los usuarios han recibido en este mes o que están por recibir, quedaría sin efecto. Según se detalló, la Cuarta Sala Civil, señaló que los efectos de la resolución que tuvo TERMOSELVA a su favor, no puede alcanzar a los usuarios, y que en todo caso los efectos de esa primera resolución solamente le puede favorecer a la empresa TERMOSELVA y por el año 2001.

Como se recuerda, el 20 de octubre del 2005, el Dr. Ricardo Reyes Ramos, Juez Titular del 50° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, dispuso que el uso de las líneas de transmisión L-251 y L-252 de propiedad de la empresa Eteselva S.R.L., que venía siendo pagado únicamente por los generadores, de acuerdo a resoluciones de OSINERG, sea ahora pagado por los generadores y consumidores.

Según se informó, la resolución del 50° Juzgado tenía un impacto del orden de S/. 45 millones (cuarenta y cinco millones de nuevos soles) que debían ser asumidos y reintegrados, por única vez, por todos los usuarios del servicio público de electricidad, de manera proporcional a los consumos efectuados entre el 18 de agosto del 2001 y octubre del 2005.

Como se recordará, el OSINERG alertó a la opinión pública sobre las consecuencias negativas del cuestionable proceder del referido magistrado, con comunicados difundidos en los diarios de circulación nacional el jueves 15 de diciembre del año 2005, y en reiteradas conferencias de prensa y entrevistas.

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Mayor detalle en el Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del 21.06.06. Aquí el link. Ver página 322111